Alcance mínimo (Mín)

Definición: Valor de la carga, abajo del cual los resultados de la pesada pueden estar sujetos a un error relativo excesivo.

Explicación: Este punto sería como un límite inferior que se encuentra en la escala de medición, pero que debajo de este no debemos pesar. Porque de acuerdo a la división mínima del instrumento, lo estaríamos utilizando para pesar algo que de acuerdo a su  cantidad de masa, deberíamos considerar pesarlo en una báscula más precisa o lo que es lo mismo con una división mínima que sea menor.

Es como si quisiéramos pesar oro en una báscula de 40kg con división mínima de 5g, si tenemos 47g de oro, no sería justo para el comprador que marque 50g, ni para el vendedor que marque 45g.

Este valor se puede consultar en las tablas que vienen en la NOM-010 y se selecciona de acuerdo a la clase o exactitud de instrumento. Por ejemplo, para una báscula clase media o III, su alcance mínimo sería igual a 20e (e=división de verificación).

También se le conoce con el término de ‘pesada mínima’.